Código Ético
Las asociaciones profesionales de más alta calidad tienen un conjunto de principios o postulados diseñados para guiar a los miembros y proporcionar seguridad a los clientes y colegas acerca de qué esperar.
El objetivo de este código de ética es servir de guía en situaciones donde pueda haber duda en cuanto a la forma de proceder en la práctica del ejercicio del Coaching en todos sus niveles y salvaguardar el bienestar de los coaches graduados en World Coaching Corp, así como el de las personas, organizaciones y grupos con los que trabaja.
Principios éticos
Código Deontológico
Introducción.
Los coaches se especializan en distintos campos (en lo personal y en lo empresarial) para poder servir a sus clientes. Los coaches reciben una formación específica en el coaching a través de una escuela o de un coach mentor, y utilizan e incorporan su propia experiencia vivencial en el ejercicio de su profesión. Un coach puede presentarse como coach o facilitador. Aunque cada coach mide los avances de su trabajo de una manera distinta, el éxito se mide siempre según los progresos de los clientes del coach.
Dada la naturaleza personal de la mayoría de las relaciones de coaching, este Código Deontológico establece un marco y unos valores en los que los coaches profesionales basan su trabajo.
Finalidades del Código:
Cada coach promete observar el Código y establecer mientras ejerza esta profesional, un compromiso con estudiar y practicar de manera consiste los conocimientos y habilidades necesarios para aumentar el éxito en su trabajo.
1. Normas generales aplicadas a cada coach.
1.01. Aplicabilidad del Código Deontológico
1.02 Relación entre la ética y las leyes del país
1.03 La relación profesional
1.04 La competencia del coach
1.05 Mantener el nivel de pericia
1.06 La comunicación en el coaching
1.07 Respeto hacia los demás
1.08 Discriminación injusta
1.09 Acoso
1.10 Problemas personales y conflictos
1.11 Progresos en el trabajo
1.12 Uso incorrecto de la influencia del coach
1.13 Uso incorrecto del trabajo del coach
1.14 Conflicto de intereses
1.15 Trueque
1.16 Relaciones abusivas
1.17 Envío de clientes a otros profesionales
1.18 Peticiones de servicios por parte de terceros
1.19 Delegación en los subordinados y supervisión de estos
1.20 Gestión de registros e información
1.21 Honorarios y condiciones de pago
1.22 Exactitud de la información facilitada a los responsables del pago
1.23 Honorarios de referencia a otros profesionales
2. Declaraciones Públicas
2.01 Definición
Es cualquier documento escrito o afirmación oral con respecto al coaching, que el coach pone a disposición del público en general.
2.02 Afirmaciones de otros
El coach comprende que otras personas podrán hacer afirmaciones en público en su nombre, tanto a petición del coach como sin consultarle. El coach hará todo lo posible para asegurar que tales afirmaciones públicas sean verídicas y que no se presten a equívocos.
2.03 Evitar afirmaciones falsas
No aseveraciones públicas falsas (difamación). Ejemplos de estos pueden ser referencias a su formación o experiencia o los honorarios que cobra.
3. La relación de coaching.
3.01 Estructurar la relación
3.02 Seguridad y bienestar
3.03 Prestación de servicios de coaching a personas en tratamiento con profesionales de salud mental
3.04 Relaciones íntimas con clientes
3.05 Interrupción de los servicios
3.06 Terminar la relación de coaching
4. Intimidad y confidencialidad.
4.01 Hablar de la confidencialidad y sus limitaciones
4.02 Mantener la confidencialidad
4.03 Gestión de documentos e información
4.04 Revelación de información
5. Formación de los coaches.
5.01 Diseño de programas de formación
5.02 Descripciones de programas de formación
5.03 La ética en la formación
5.04 Limitaciones a la formación
6. Investigación científica sobre el coaching y publicación de artículos.
6.01 Planificación de la investigación
6.02 Realización de proyectos de investigación
6.03 Comunicación de los resultados de la investigación
Los siguientes puntos son aplicables a todos los trabajos publicados por los coaches.
6.04 Plagio
Los coaches no copiarán las investigaciones o los datos de otros sin el permiso por escrito del autor de los mismos.
6.05 Créditos de publicación
Los coaches se responsabilizarán y se atribuirán el mérito únicamente con respecto a su propio trabajo.
6.06 Revisores profesionales
Los coaches que ejercen como revisores profesionales de material para publicar, respetarán la confidencialidad del trabajo y atribuirán el mérito al autor o los autores que lo han presentado.
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